A- de 2019
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Ursula·Respondent Fiscalia General De La Nacion Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se declara la nulidad de todo lo actuado desde auto admisorio de la demanda y rehacer proceso efectuando debida vinculación
- Procedencia en revisión
- Debe surtirse en debida forma y de manera eficaz
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente auto la Corte declara la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el proceso de tutela de la referencia, desde el auto admisorio de la demanda, salvo las pruebas aportadas por los sujetos demandados e intervinientes, las cuales pueden ser controvertidas por todas las partes en la contestación de la acción de tutela, para luego ser valoradas por los jueces de instancia.
Se ordena al Tribunal de primera instancia que, de manera preferente y expedita, reinicie el proceso, previa vinculación y notificación de los terceros interesados, en especial del ciudadano denunciado dentro de la causa penal objeto de controversia.
Se dispone que, una vez se surta el trámite en las instancias judiciales pertinentes, se remita inmediatamente el expediente a la Corte Constitucional, para que la Sala Segunda de Revisión reasuma su competencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. DECRETAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el proceso de tutela de la referencia, desde el auto admisorio de la demanda proferido el 1º de agosto de 2018 por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, salvo las pruebas aportadas por los sujetos demandados e intervinientes, las cuales podrán ser controvertidas por todas las partes en la contestación de la acción de tutela, para luego ser valoradas por los jueces de instancia.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga que, de manera preferente y expedita, reinicie el proceso de tutela de la referencia, previa notificación y vinculación de los terceros interesados, en especial del ciudadano Florentino -denunciado dentro de la causa penal objeto de controversia-, para lo cual deberá establecer plenamente su identidad.
- TERCERO. Por Secretaría General, DEVUÉLVASE el expediente T-7.022.148 a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga para que actúe en los términos dispuestos en el numeral anterior.
- CUARTO. Surtido el trámite en las instancias judiciales, ADVERTIR al despacho que tenga a su cargo el expediente, que deberá remitirlo inmediatamente a la Corte Constitucional, a fin de que la Sala Segunda de Revisión reasuma su competencia.
- QUINTO. ORDENAR a la Secretaría General de la corporación que, tan pronto se cumpla lo ordenado en el numeral
- cuarto. de esta providencia, proceda a enviar el respectivo expediente a la Sala Segunda de Revisión, para que el magistrado sustanciador continúe con el trámite de revisión.
- SEXTO. Por Secretaría General, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.